CONSIDERANDO
que se encuentra en trámite en el Congreso un acto legislativo que modificaría cuatro artículos de la Constitución para enfrentar el terrorismo y en cuyo articulado se prohíbe a los medios de comunicación revelar la identidad de personas detenidas sin orden judicial durante las primeras 72 horas
CONSIDERANDO
que el Principio 5 de Declaración de Chapultepec establece: La censura previa, las restricciones a la circulación de los medios o a la divulgación de sus mensajes, la imposición arbitraria de información, la creación de obstáculos al libre flujo informativo y las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los periodistas, se oponen directamente a la libertad de prensa
LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE
exhortar al Congreso para que excluya del articulado esa prohibición para los medios de comunicación y para que rechace y se abstenga de tramitar toda iniciativa orientada a restringir, limitar o reglamentar los derechos y libertades fundamentales relacionadas con la información y la opinión, consagrados en la Constitución colombiana y en los tratados internacionales sobre derechos humanos.
Madrid, Espanha