CHILE

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La prensa pudo trabajar sin restricciones en este período, aunque algunos asuntos que interesan especialmente a los medios de comunicación, como el acceso a las fuentes públicas, han estado en el primer plano del debate nacional como consecuencia de varios escándalos de corrupción. No obstante, subsisten las amenazas legislativas que en la forma de proyectos de ley, con o sin respaldo de gobierno, procurarían cambiar el marco regulatorio actual. El anteproyecto del Estatuto del Periodista que anunciamos en el informe anterior, fue presentado formalmente a la Cámara de Diputados con el respaldo de parlamentarios de todos los partidos políticos en enero. La iniciativa fue del Colegio de Periodistas y aspira a modificar el Código del Trabajo, la ley de Administración del Estado y la Ley de Prensa. Su objetivo aparente es resguardar al periodista en el ejercicio de su profesión, para lo cual se le asegura al máximo su independencia, se le garantiza la propiedad intelectual de sus obras, se le da preferencia en el acceso a las fuentes públicas, se obliga a la empresa a la contratación de un seguro en su beneficio y se regula el trabajo de los estudiantes de periodismo en sus prácticas profesionales. Todas estas materias ya están normadas en los cuerpos legales aludidos, y, en el caso del acceso a las fuentes públicas, hay un proyecto específico de ley en tramitación. Los aspectos del proyecto que pueden tener consecuencias más graves son los siguientes: Ampliación del concepto de periodista: Si bien, por una parte, el proyecto propone sancionar con pena privativa de la libertad y multa a quien use la denominación de periodista sin cumplir con los requisitos de la ley de prensa (título universitario), de manera contradictoria asimila a la categoría de periodista “a los colaboradores directos en la preparación o elaboración de la nota, noticia o la labor periodística encomendada al periodista, tales como investigadores periodísticos, redactores, redactores traductores, redactores revisores, reporteros dibujantes, reporteros gráficos y camarógrafos”. La redacción del artículo obliga a concluir que, por el solo hecho de prestar una persona ayuda profesional, incluso transitoria, a un periodista titulado, la empresa editora deberá suscribir con ella un contrato de trabajo de periodista, con todos los efectos que de allí se derivan, como los vinculados a jornada de trabajo, vacaciones, regímenes previsionales, indemnizaciones, etcétera, además de otros contemplados en este proyecto, como contratación de seguro, cláusula de conciencia y protección especial del derecho de autor. Cláusula de conciencia: Esta medida, propuesta por el Colegio de Periodistas para el proyecto de Ley de Prensa hace 15 años, fue rechazada en esa oportunidad en la discusión en la Cámara de Diputados. Ahora reemerge en una nueva versión que consulta, en primer lugar, el derecho a negarse a realizar determinadas actividades profesionales cuando ellas sean contrarias a la deontología periodística o a las “convicciones valóricas, religiosas o filosóficas” del reportero. Y, en segundo lugar, la facultad del periodista de poner término a su relación laboral cuando se produzca un cambio “notable” en el carácter u orientación de la empresa que sea incompatible con sus convicciones morales, religiosas o filosóficas, con el derecho a la correspondiente indemnización. Esta cláusula de conciencia se propone ahora como parte del Código del Trabajo. Como consecuencia, el empleador, antes de contratar deberá conocer qué piensan sus posibles empleados en materia ética, religiosa, filosófica y valórica. En consecuencia, la selección de empleados no se podrá hacer de acuerdo con pautas objetivas y comunes a todos los aspirantes, sino mediante el reclutamiento según el perfil ideológico de cada uno. Se podría pensar que la cláusula de conciencia produciría problemas sólo a las empresas periodísticas, pero como la mayoría de los periodistas con título universitario no trabaja en medios de comunicación, sino en empresas privadas y públicas y en organismos de la administración del Estado, la cláusula de conciencia provocaría sus efectos en el caso de cambios en la propiedad de una empresa o, caso más obvio, de ingreso al poder de una agrupación política de otro signo. Protección del derecho de autor del periodista: También con la incorporación de un nuevo artículo al Código del Trabajo se pretende proteger el material informativo elaborado por el periodista, el cual podrá ser difundido sólo en el medio precisamente señalado en su contrato. En la actualidad se acostumbra pactar en los contratos de trabajo de los periodistas la cesión de los derechos de autor a la empresa contra el pago de un bono de propiedad intelectual y la exclusividad en la prestación de servicios profesionales. Protección de los alumnos en práctica: El nuevo proyecto extiende a los estudiantes todos los derechos que se exigen para el periodista, tales como seguro, cláusula de conciencia y protección de los derechos de autor. En la actualidad la contratación de estudiantes ya está regulada en el Código del Trabajo. La práctica profesional es una obligación creada por las escuelas de Periodismo y si una ley la hace muy difícil u onerosa para los medios, simplemente dejarán de ofrecerse y se terminará la colaboración prestada hasta ahora por las empresas periodísticas a las universidades. Acceso preferente del periodista a la información que obre en poder de la Administración del Estado: Se trata de un derecho inconstitucional porque el acceso a las fuentes públicas es de todos los chilenos, como lo expresa el nuevo artículo 8° de la Constitución, y no cabe preferencia para ningún profesional. El acceso a las fuentes es objeto de otro proyecto que se tramita actualmente en el Congreso. La comisión investigadora sobre distribución de la publicidad del Estado ha continuado su trabajo y además de citar a diversos directivos de medios de comunicación chilenos, ha invitado a otros expertos que han visitado el país, como Eduardo Bertoni, ex relator de la OEA; Darian Pavli, del Open Society Institute; Roberto Saba, director ejecutivo de la Asociación de Derechos Civiles, de Argentina, y Kela León, directora del Consejo de la Prensa Peruana. Aún no hay conclusiones y el plazo para la investigación se amplió hasta fines de julio. El 6 de marzo de 2007, y como una expresión adicional del interés de los sectores políticos en la prensa, la Cámara de Diputados aprobó la creación de una Comisión Especial sobre Medios de Comunicación, la que tendrá por objeto agilizar el trámite de las iniciativas legales vinculadas a las libertades de expresión, al derecho a la información y a los medios de comunicación. Esta comisión deberá informar los proyectos que se refieran a dichas materias y que la Sala acuerde encomendarle. Se prevé, también, que pueda abocarse al estudio de la protección legal de los derechos y garantías indicadas, de la concentración de los medios de comunicación y del funcionamiento de los mecanismos destinados a impulsar el pluralismo informativo en el país, tanto en el plano regional como en el nacional, del uso de nuevas tecnologías y de los derechos de los trabajadores de los medios de comunicación social. En el cumplimiento de su cometido podrá, en el plazo de seis meses, emitir informes específicos o generales que incluyan un diagnóstico de las materias analizadas y las conclusiones a que se llegue, las que podrán contener proposiciones de reformas legales, administrativas y de cualquier otra índole. Aún no termina de conformarse y, por tanto, todavía no se sabe quiénes serán sus integrantes. Fuera del Parlamento, también ha habido iniciativas que en nombre del pluralismo informativo buscan que se investigue a la prensa. La Fiscalía Nacional Económica acogió a trámite una denuncia del director de la revista Punto Final, Manuel Cabieses Donoso, presentada en la misma fecha en que se inició la investigación de la Cámara de Diputados en septiembre del 2006. Según dicha denuncia, la inversión publicitaria del Estado en medios impresos se hace de manera preferente en las cadenas periodísticas de El Mercurio S.A.P. y Consorcio Periodístico de Chile, Copesa, en desmedro de la que el denunciante denomina “prensa independiente”, constituida, según él, por Punto Final, The Clinic, El Periodista, El Siglo, Le Monde Diplomatique y la ya desaparecida revista Rocinante. “La forma parcializada e injusta en que el Estado reparte su publicidad ­—agrega el denunciante— tiene como resultado que sólo las cadenas periodísticas mencionadas, que representan casi los mismos intereses y visiones políticas, utilicen cuantiosos recursos fiscales para copar, mediante métodos en que imperan abusivas ventajas, el mercado de diarios y revistas, haciendo de la libre competencia una absoluta ficción”. El Fiscal Nacional Económico, Enrique Vergara Vial, acogió la denuncia e inició la investigación, para lo cual ha comenzado a solicitar a diversos diarios la entrega de antecedentes propios del giro del negocio para el período enero del 2002-septiembre del 2006. Entre otros, se han debido entregar los siguientes datos: un desglose de todas las fuentes de ingreso del medio, con el detalle de los ingresos provenientes de publicidad contratada, separada por entidades privadas y públicas, con sus respectivas identificaciones; número de publicaciones y avisos efectuados en los respectivos medios y montos totales pagados por ellos por las entidades debidamente individualizadas; canal de distribución empleada en todo el país por el diario, con identificación de locales y ubicaciones y los cobros hechos por ello en el período citado. Por último, en los Tribunales de Justicia continúa la tramitación de diferentes querellas. Respecto de los nuevos casos, cabe informar de un juicio ordinario de indemnización del diputado Jaime Mulet contra el director, periodistas, gerentes y propietarios del diario La Tercera. Con motivo del descubrimiento de que parte de los fondos manejados por la entidad estatal Chiledeportes había sido destinada a apoyar las campañas políticas de personeros de la agrupación gobernante, los diarios hicieron una abundante cobertura de los hechos. El diario La Tercera, en informaciones publicadas entre noviembre del 2006 y enero del 2007, aludió al hecho de que el director de la principal oficina de Chiledeportes había sido candidato a vicepresidente del Partido Demócrata Cristiano en la lista que encabezaba el diputado Jaime Mulet Martínez. El poner de manifiesto la existencia de esa vinculación fue estimada por el diputado como un ataque a su honra y, tras criticar duramente por la radio y la televisión durante los primeros días de enero del 2007 al director y al propietario de La Tercera, dedujo una acción civil de indemnización de daños morales por la suma de un millón de dólares (500 millones de pesos) contra el director de ese medio, ocho periodistas del mismo y las empresas editoras Consorcio Periodístico de Chile S.A. y Empresa Periodística La Tercera S.A., además del representante legal del diario. La demanda da por sentado el delito de injurias graves y reiteradas, sin haber de por medio, como es lo habitual en Chile, un juicio penal previo que determinara su existencia. Aunque la demanda es improcedente, constituye una clara modalidad de intimidación ejercida por un parlamentario en contra de un periódico durante el desarrollo de un grave escándalo político.

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