Impunidad - Colombia

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CONSIDERANDO que en los últimos seis meses han sido asesinados cinco periodistas, tres por claras razones de oficio, 30 reportaron amenazas contra sus vidas, siete abandonaron el país, dos fueron secuestrados y 10 denunciaron agresiones de las autoridades durante sus labores de cubrimiento informativo CONSIDERANDO que, de 35 procesos judiciales por crímenes contra periodistas que se encuentran en la Subunidad Investigativa de Crímenes contra Periodistas de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, 19 siguen en etapa preliminar en práctica de pruebas sin arrojar mayores resultados sobre los autores materiales e intelectuales, como son los casos, entre otros, de los crímenes de los periodistas Gerardo Bedoya (Cali, Valle del Cauca, 21 de marzo de 1997), Jairo Elías Márquez (Armenia, Quindío, 10 de febrero de 1997), Ernesto Acero Cadena (Armenia, Quindío, 12 de diciembre de 1995), Flavio Bedoya Tovar (Tumaco, Nariño, 27 de abril de 2001), Pablo Emilio Mota Medina (Gigante, Huila, 3 de diciembre de 1999) y Francisco Castro Menco (Majagual, Sucre, 8 de noviembre de 1997) CONSIDERANDO que la Fiscalía General de la Nación está próxima a cerrar la investigación de las personas vinculadas como coautores materiales del crimen del Subdirector del Diario La Patria, Orlando Sierra, (Manizales, Caldas, 30 de enero de 2002) y que las medidas tomadas hasta el momento contra éstos y el autor material no han conducido a identificar al autor o autores intelectuales del homicidio y que, desde junio 27 de 2002, no se presenta ninguna decisión de fondo dentro del proceso CONSIDERANDO que, según informe presentado a la SIP por la propia Fiscalía General de la Nación, no se encuentran asignados a la Subunidad Investigativa de Crímenes contra Periodistas, para su investigación, los casos por los asesinatos de los periodistas Gustavo Ruiz Cantillo (Piviajai, Magdalena, 15 de noviembre de 2000), Álvaro Alonso Escobar, (Fundación, Magdalena, 23 de diciembre de 2001), Elizabeth Obando (Roncesvalles, Tolima, 13 de julio de 2002), Mario Prada Díaz (Sabana de Torres, Santander, 12 de julio de 2002), Gimbler Perdomo (Gigante, Huila, 1 de diciembre de 2002) y Luis Eduardo Alfonso (Arauca, 18 de marzo de 2003) CONSIDERANDO que la Fiscalía incluyó los procesos investigativos por los crímenes de los periodistas Gerardo Bedoya, Didier Aristizábal, Hernando Rangel Moreno y Yesid Marulanda, en un Comité de Impulso de Procesos conformado por 100 casos CONSIDERANDO que la CIDH ha acogido los casos por los asesinatos de los periodistas Carlos Lajud Catalán, Gerardo Bedoya, Nelson Carvajal, Hernando Rangel Moreno, Guillermo Cano, Jairo Elías Márquez en el transcurso de los últimos años tras las investigaciones y presentaciones de la SIP CONSIDERANDO que el Principio 4 de la Declaración de Chapultepec establece: “El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad” LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE solicitar al Gobierno y a las autoridades militares y de policía que implementen verdaderas y eficaces medidas de seguridad a fin de garantizar el libre ejercicio del periodismo; y a la Fiscalía, que investigue y castigue a los responsables de las violaciones a la libertad de prensa exhortar a la Fiscalía General de la Nación a que revise el estado de esos casos en la Subunidad Investigativa de Crímenes contra Periodistas para determinar las razones por las cuales no se han producido resultados tendientes a identificar y castigar a los responsables exhortar a la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación a que, una vez decidido ese cierre investigativo, mantenga vivo el proceso para revisar las hipótesis que no se han agotado sobre los autores intelectuales del crimen, identificarlos y castigarlos, facultad que la ley no sólo les otorga a los fiscales sino que es obligatoria. pedir a la Fiscalía que traslade a la Subunidad Investigativa de Crímenes contra Periodistas de la Unidad de Derechos Humanos, los procesos investigativos de estos casos y los de aproximadamente otros 20 que se encuentran radicados y dispersos en diversas regionales de la Fiscalía en el país, con el fin de acopiar las pruebas en forma oportuna antes de que transcurra más tiempo y se haga más difícil identificar a los autores materiales y responsables de los crímenes. expresar su beneplácito por la decisión así como su confianza en que la medida arroje los más rápidos y efectivos resultados para castigar a los responsables de dichos crímenes solicitar al Estado colombiano que facilite todos sus recursos técnicos y materiales para responder sobre estos casos a la luz del sistema interamericano de justicia.

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